Project Design and Management

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ISSN: 2683-1597

Como citar este artículo:

Mundet, L. B. & Peña Muñoz, J. M. (2021). Percepción de competencias en las prácticas profesionalizantes e Job placement del Técnico en Redacción de Textos. Project Design and Management , 5(2), 59-72. Doi: 10.29314/mlser.v5i2.531.

VIOLENCIA DE GENERO EN MEXICO Y LA INSUFICIENCIA DE LEGISLACION Y ACCIONES DE GOBIERNO ENFOCADAS A COMBATIRLA

Joel Chargoy Amador
Universidad Internacional Iberoamericana (México)
joelcha@yahoo.com · https://orcid.org/0009-0002-3014-5596

Fecha de recepción: 02/10/2023 / Fecha de revisión: 19/02/2024 / Fecha de aceptación: 26/03/2024

Resumen: Se puede decir que la violencia de género se refiere a cualquier acción destinada a causar daño a un individuo basado en su género. Este tipo de inequidad surge de convenciones dañinas, el ejercicio de la autoridad de manera abusiva y discrepancias en la distribución de género. La inequidad de género representa una flagrante infracción a los derechos fundamentales del ser humano; al mismo tiempo, se convierte en un dilema de bienestar y resguardo que amenaza la integridad. Se estima que una de cada tres personas de género femenino enfrentará algún tipo de agresión física o sexual durante su ciclo vital. Cuando se encuentran en situaciones de emergencia y desplazamiento, las probabilidades de que las mujeres y niñas sean víctimas de inequidad de género aumentan significativamente. La problemática de la violencia hacia mujeres, derivada de su subestimación en el contexto social y cultural, plantea inquietudes tanto en la escala nacional como en la internacional. Aunque se han implementado medidas para salvaguardar sus derechos y alterar la percepción social, el avance logrado en 2012 con la tipificación del feminicidio como delito es solo un paso inicial. Las acciones gubernamentales y las regulaciones judiciales no son suficientes; se requiere una transformación profunda en la cultura arraigada en nuestra sociedad, en particular la influencia del patriarcado, que es especialmente prevalente en la región latina. México figura con índices alarmantes de feminicidios en gran medida debido a esta ideología que promueve la superioridad masculina y que subyace en los actos violentos de género dirigidos hacia las mujeres. Se ha dado un considerable avance al reconocer la existencia de la violencia de género mediante la clasificación del feminicidio como un delito específico. A través de la divulgación para combatirla, se ha desplazado de la esfera privada y se ha convertido en un problema de interés público. Ha evolucionado para ser un asunto sujeto a regulación legal y se encuentra entre las principales preocupaciones a nivel nacional.

Palabras clave: violencia, género, mujeres, feminicidio, México


GENDER VIOLENCE IN MEXICO AND THE INSUFFICIENT LEGISLATION AND GOVERNMENT ACTIONS FOCUSED ON COMBATING IT

Abstract: It can be said that gender violence refers to any action intended to cause harm to an individual based on their gender. This type of inequality arises from harmful conventions, the abusive exercise of authority, and discrepancies in gender distribution. Gender inequality represents a flagrant violation of the fundamental rights of the human being; at the same time, it becomes a welfare and protection dilemma that threatens integrity. It is estimated that one in three females will face some type of physical or sexual assault during their life cycle. When they find themselves in situations of emergency and displacement, the chances that women and girls will be victims of gender inequality increase significantly. The problem of violence against women, derived from its underestimation in the social and cultural context, raises concerns both nationally and internationally. Although measures have been implemented to save their rights and alter social perception, the progress achieved in 2012 with the criminalization of feminicide is only an initial step. Government actions and court regulations are not enough; a profound transformation is required in the culture rooted in our society, particularly the influence of patriarchy, which is especially prevalent in the Latino region. Mexico has alarming rates of feminicides largely due to this ideology that promotes male superiority and that underlies gender-based violent acts directed towards women. Considerable progress has been made in recognizing the existence of gender-based violence by classifying feminicide as a specific crime. Through disclosure to combat it, it has moved out of the private sphere and has become a problem of public interest. It has evolved to be a matter subject to legal regulation and is one of the main concerns nationally.

keywords: violence, gender, women, feminicide, Mexico


Introducción

La repercusión de la violencia en términos de salud y sociedad es de gran magnitud. Este fenómeno ocasiona un número significativo de fallecimientos diarios, en particular entre individuos jóvenes y menores. Además de estas defunciones, un considerable número de personas, independientemente de su género y edad, experimentan lesiones, discapacidades y problemas de salud como consecuencia de actos violentos.

Es por ello que la problemática de la violencia hacia las mujeres ha generado múltiples propuestas y medidas para su prevención, atención, sanción y erradicación. Aunque esta problemática ha sido persistente en la sociedad, en tiempos recientes ha comenzado a ser más evidente y a perder su carácter naturalizado. Desde una perspectiva de género, se reconoce que la violencia contra las mujeres se origina en la construcción social, y en este sentido, diferentes sectores de la sociedad tienen un papel en cambiar estas condiciones. Los gobiernos y la implementación de políticas públicas pueden desempeñar un papel significativo en este proceso. La incorporación de la perspectiva de género se considera una herramienta importante para abordar las desigualdades en el acceso a oportunidades entre hombres y mujeres y garantizar la igualdad.


Metodología

Se enfoca en llevar a cabo una investigación descriptiva la cual consiste en recopilar datos detallados acerca del origen y la evolución que ha tenido lo violencia de género en México, así como también que leyes y políticas sean de ayuda para combatirla dentro del país. Recopilar información será de utilidad para comprender el problema y a su vez revelar si la legislación y las acciones del gobierno llevadas a cabo enfocadas a combatirla son suficientes.


Resultados

Los resultados obtenidos de este artículo de investigación se pueden enfocar en las estadísticas consultadas las cuales marcan, según las fuentes de consulta, que en el país en todos los estados de la república se abrieron 385 carpetas de investigación de casos de feminicidios de manera oficial, también, se comprendió que desde el año 2015 hasta el 2022 hubo un incremento del 98.68% de muertes violentas, las cuales, según lo comprendido no todas fueron abiertas a una carpeta de investigación. Con lo que se concluye que no se ha hecho lo suficiente por parte del Estado para encontrar soluciones y disminuir esas cifras. 


Antecedentes

Definición de violencia de género

Se puede decir que la violencia de género se refiere a cualquier acción destinada a causar daño a un individuo basado en su género. Este tipo de inequidad surge de convenciones dañinas, el ejercicio de la autoridad de manera abusiva y discrepancias en la distribución de género.

La inequidad de género representa una flagrante infracción a los derechos fundamentales del ser humano; al mismo tiempo, se convierte en un dilema de bienestar y resguardo que amenaza la integridad. Se estima que una de cada tres personas de género femenino enfrentará algún tipo de agresión física o sexual durante su ciclo vital. Cuando se encuentran en situaciones de emergencia y desplazamiento, las probabilidades de que las mujeres y niñas sean víctimas de inequidad de género aumentan significativamente.

Para reforzar la idea se considera ampliamente la opinión de ONU Mujeres (2020) donde en el sitio web se explica que la violencia dirigida hacia individuos de género femenino y jóvenes del sexo femenino representa una de las infracciones más difundidas en relación con los derechos inherentes a la humanidad en el ámbito global. Se registran innumerables incidentes de esta naturaleza diariamente en todas las esquinas del globo terráqueo. Tal tipología de hostigamiento trae consigo consecuencias de gran envergadura en términos físicos, económicos y psicológicos para las mujeres y las jóvenes de género femenino, tanto a corto como a largo plazo, puesto que obstaculiza su capacidad de participar plenamente en la sociedad en igualdad de condiciones. El alcance de esta repercusión, tanto en la vida de las personas y sus unidades familiares, como en la sociedad en su totalidad, resulta abrumador. Las circunstancias creadas por la crisis sanitaria global, que incluyen confinamientos, limitaciones en la movilidad, aumento del aislamiento, incremento del estrés y la incertidumbre económica, han ocasionado un incremento alarmante en los actos de violencia hacia mujeres y niñas en ámbitos privados, a la vez que han incrementado la vulnerabilidad de las mujeres y niñas ante otras formas de violencia, desde el enlace conyugal en la infancia hasta el acoso sexual en el ciberespacio. En esta sección de consultas habituales, se ofrece una sinopsis general de las múltiples categorías de agresión que cualquier defensor de la igualdad de género que desee laborar eficazmente en este campo debe manejar con destreza.

Dentro del sitio web de ONU Mujeres (2020) se argumenta acerca de un tipo de violencia física, la cual es conocida como abuso en la esfera doméstica o violencia en la relación de pareja, implica cualquier serie de actuaciones destinadas a asegurar o mantener la supremacía y el dominio sobre una pareja íntima. Involucra cualquier conducta de índole física, sexual, emocional, financiera y psicológica (incluyendo las amenazas de tales comportamientos) que ejerza influencia sobre otra persona. Es una de las manifestaciones más usuales de la violencia sufrida por las mujeres en el ámbito global.

La agresión hacia mujeres y niñas en la esfera privada puede comprender:

  1. Violencia financiera: Implica lograr o intentar obtener control absoluto sobre los recursos financieros de otra persona, obstaculizando su acceso y prohibiendo su empleo o educación.
  2. Violencia psíquica: Supone generar temor a través de intimidación, amenazas de daño físico a la persona, a su pareja o a sus hijos e hijas, así como a sus mascotas y posesiones. También comprende someter a maltrato psicológico y forzar el aislamiento de la persona de sus amistades, familiares, colegas o escuela.
  3. Violencia emocional: Incluye debilitar la autoestima a través de críticas persistentes, subestimación de capacidades, insultos u otros tipos de abuso verbal. También afecta la relación de pareja con los hijos e hijas y puede impedir a la pareja interactuar con familiares y amistades.
  4. Violencia física: Engloba causar daño físico a la pareja mediante golpes, patadas, quemaduras, agarres, pellizcos, empujones, bofetadas, tirones de cabello, mordiscos, negar atención médica o forzar el consumo de sustancias como alcohol o drogas, así como la aplicación de cualquier otro tipo de fuerza física. Esto podría incluir daños a la propiedad.
  5. Violencia sexual: Engloba la coacción a la pareja para participar en actos sexuales sin su consentimiento.

Violencia de género en México

Según el sitio web IEP México (2021) la violencia de género dentro del país:

En los últimos años se ha visto una creciente conciencia social sobre la violencia de género en México. Entre otros factores, esto se debe al aumento consistente en los niveles de violencia familiar y violencia sexual a lo largo del país, así como la creciente prevalencia del crimen de feminicidio – eso es, el asesinato de una mujer por razones de género.

A principios de 2020, varios casos de feminicidio de alto perfil, incluido el asesinato de una menor, provocaron protestas generalizadas en todo el país. Según los datos de la ACLED, en México hubo aproximadamente 359 manifestaciones contra la violencia de género en 2020, lo que representa un aumento del 76% con respecto al año anterior. La mayoría de estas manifestaciones ocurrieron en marzo de 2020, cuando decenas de miles de mujeres en todo el país participaron en una huelga nacional.

Por otro lado, el INEGI (2021) explica dentro de un artículo que:

En 2021, a nivel nacional, del total de mujeres de 15 años y más, 70.1 % han experimentado al menos un incidente de violencia, que puede ser psicológica, económica, patrimonial, física, sexual o discriminación en al menos un ámbito y ejercida por cualquier persona agresora a lo largo de su vida.

La violencia psicológica es la que presenta mayor prevalencia (51.6 %), seguida de la violencia sexual (49.7 %), la violencia física (34.7 %) y la violencia económica, patrimonial y/o discriminación (27.4 %).

Mientras que, de octubre 2020 a octubre 2021, 42.8 % de las de mujeres de 15 años y más experimentaron algún tipo de violencia, la violencia psicológica es la que presenta mayor prevalencia (29.4 %), seguida de la violencia sexual (23.3 %), la violencia económica, patrimonial y/o discriminación (16.2 %) y la violencia física (10.2 %).

Los párrafos anteriores confirman la opinión de un autor el cual dice que la problemática relacionada con el abuso hacia mujeres en México persiste lamentablemente, siendo un tema frecuentemente subestimado. En el entorno actual, caracterizado por la violencia y la falta de seguridad, se intensifica la fragilidad de una amplia franja de la sociedad. Es por eso por lo que es imperativo abordar las raíces estructurales que mantienen la problemática de género en la nación (Avilés, 2012).

La problemática de la violencia hacia mujeres, derivada de su subestimación en el contexto social y cultural, plantea inquietudes tanto en la escala nacional como en la internacional. Aunque se han implementado medidas para salvaguardar sus derechos y alterar la percepción social, el avance logrado en 2012 con la tipificación del feminicidio como delito es solo un paso inicial. Las acciones gubernamentales y las regulaciones judiciales no son suficientes; se requiere una transformación profunda en la cultura arraigada en nuestra sociedad, en particular la influencia del patriarcado, que es especialmente prevalente en la región latina. América Latina figura con índices alarmantes de feminicidios en gran medida debido a esta ideología que promueve la superioridad masculina y que subyace en los actos violentos de género dirigidos hacia las mujeres. La revisión y modificación de esta ideología permitirían que todos los individuos, sin distinción de género, ejerzan sus derechos y libertades autónomamente, promoviendo una sociedad que garantice la protección y el respeto hacia las mujeres.

De acuerdo con el autor, se ha dado un considerable avance al reconocer la existencia de la violencia de género mediante la clasificación del feminicidio como un delito específico. A través de la divulgación para combatirla, se ha desplazado de la esfera privada y se ha convertido en un problema de interés público. Ha evolucionado para ser un asunto sujeto a regulación legal y se encuentra entre las principales preocupaciones a nivel global. A pesar de que persiste en la sociedad mexicana, se manifiesta en anuncios que objetivizan a las personas de género femenino, titulares de noticias sobre desapariciones y muertes de mujeres, y la disparidad salarial basada en el género, la percepción pública de esta problemática ha cambiado significativamente. Ahora se repudia, mientras que antes se consideraba normal. Actualmente se tipifica como un delito independiente, generando manifestaciones públicas de protesta en respuesta a abusos o fallecimientos de mujeres y niñas, acompañadas de marchas y campañas para promover la denuncia y mejorar la seguridad de las mujeres, tanto por parte del gobierno como de la sociedad en general. La discriminación contra las mujeres, que implica la privación o limitación de sus derechos debido a su género, se hace evidente en plataformas de redes sociales y otros medios de comunicación masiva a través de la información casi en tiempo real sobre secuestros y feminicidios. Sin embargo, aún no se ha logrado un cambio significativo en la mentalidad ni la consolidación de valores que fomenten el respeto igualitario hacia todos los miembros de la sociedad.

Para Sánchez de los Monteros (2020) en México, específicamente, tanto personas de género masculino como femenino contribuyen y promueven actos de violencia hacia las personas de género femenino al seguir los modelos culturales transmitidos por la educación que han recibido. Esto se refleja en la manera en que educan a sus descendientes y adoptan roles machistas en su núcleo familiar, donde prevalece la creencia práctica de que las mujeres tienen la responsabilidad de servir y ocuparse de las tareas domésticas y el cuidado de los hijos. A menudo, las mujeres se ven limitadas en sus oportunidades para acceder a la educación, desarrollarse personalmente y buscar empleo fuera del hogar. Sus voces, opiniones y esfuerzos por sobresalir son minimizados. Esta misma ideología es la que lleva a muchas mujeres a no denunciar actos de violencia, en parte debido al temor a posibles represalias y a la revictimización que podría sufrir al presentar una denuncia. Si la violencia es recurrente, a menudo les resulta extremadamente difícil escapar de esa situación, ya que pueden justificarla pensando que no volverá a ocurrir o que la provocaron con su comportamiento. La ideología patriarcal sigue siendo dominante en nuestra cultura, lo que nos coloca a todas las personas en roles socialmente definidos difíciles de abandonar. Cada avance hacia una ideología de género más equitativa, como cuando una mujer presenta una denuncia o ejerce su derecho a vivir libre de violencia, implica un esfuerzo considerable. Este esfuerzo se traduce en dejar atrás creencias y actitudes patriarcales, a pesar de las presiones sociales, y en enfrentar leyes que no siempre son favorables para las mujeres

Orígenes y evolución de la violencia de género en México

Según el artículo de Alunecer (2010) para detectar la violencia contra mujeres en el contexto histórico de México antes de la llegada de los colonizadores, no existen otras fuentes primarias que las narrativas contenidas en los escritos de Fray Bernardino de Sahagún, específicamente en su obra "Historia General de las cosas de la Nueva España", la cual se encuentra preservada en tres idiomas: náhuatl, español y latín, en el Códice Florentino. Esta fuente puede proporcionar algún tipo de entendimiento sobre la situación de las niñas y mujeres en esa época. Sahagún relata el nacimiento de una niña y el rito de bienvenida que la rodea: "Hija mía, y señora mía, ya habéis venido a este mundo. Haos acá enviados nuestro señor, el cual está en todo lugar. Habéis venido al lugar de cansancios y al lugar de trabajos y al lugar de congoxas, donde hace frío y viento. Notad, hija mía, que el medio de vuestro cuerpo corto y tomo tu ombligo, porque así lo mandó y ordenó tu madre y tu padre Yoaltecuhtli, que es el señor de la noche, y Yoaltícitl, que es diosa de los baños. Habéis estar dentro de casa, como el corazón dentro del cuerpo."

La distinción se manifestaba desde el mismo momento del nacimiento, ya que, si el recién nacido era un niño, se celebraba con gran alegría, mientras que, si era una niña, la comadrona, al recibirla, cortaba su cordón umbilical bajo la hoguera, pronunciando estas palabras: "No habéis de andar fuera de casa. No habéis de tener costumbre de ir a ninguna parte. Habéis de ser la ceniza con que se cubre el fuego en el hogar. Habéis de ser las trébedes donde se pone la olla. En este lugar os entierra nuestro señor. Aquí habéis de trabajar. Vuestro oficio ha de ser traer agua y moler maíz en el metate. Allí habéis de sudar, junto a la ceniza y al hogar".

Alunecer (2010) dice en el artículo que la violencia sexual se hace más evidente durante el período de la Conquista, ya que trajo consigo una brutal agresión hacia las mujeres, quienes se convirtieron en parte del saqueo de guerra. El mestizaje inicial en el siglo XVI fue en su mayoría el resultado de una violencia sexual extrema. Durante esta época, las mujeres fueron víctimas de violaciones, uniones no consentidas, relaciones extramatrimoniales y, en algunos casos de mujeres de la nobleza indígena, matrimonios desfavorables para ellas.

En la recién nacida Nueva España, que combinaba las tradiciones de ambas culturas caracterizadas por la sumisión de las mujeres, estas estaban obligadas a obedecer completamente a sus esposos a cambio de sustento y la presunta "protección" en el ámbito familiar. A pesar de que la Iglesia Católica imponía la fidelidad y la responsabilidad compartida en la crianza de los hijos, en la práctica esto no siempre se cumplía. Las mujeres eran consideradas físicamente inferiores y se les negaban muchos derechos y responsabilidades. También se las veía como mentalmente inferiores a los hombres, y la supuesta "protección" se traducía en que, desde un punto de vista legal, se perpetuaba su condición de minoría perpetua: los esposos tenían un control absoluto sobre las transacciones económicas de sus esposas, hijas solteras y madres viudas. En general, las mujeres no podían participar en actividades públicas sin la aprobación y presencia de hombres. Los padres eran los tutores de los hijos y las madres solo lo eran en caso de fallecimiento del padre, siempre y cuando este no hubiera designado previamente a otra persona para asumir esa responsabilidad.

De acuerdo con un artículo de Páez (2011), a pesar de que la violencia hacia las personas no es en modo alguno un fenómeno novedoso, ya que posee un innegable antecedente histórico en contextos patriarcales, su reconocimiento y visibilidad, lo que implica el cambio de su percepción desde una cuestión privada a un problema de carácter social, es relativamente reciente. Ciertamente, la mayoría de los individuos está al tanto de situaciones de maltrato, ya sea en el ámbito familiar o comunitario, pero estas han sido silenciadas bajo el pretexto de considerarlas como asuntos privados. Desde tiempos antiguos de la evolución de la cultura humana, siempre ha prevalecido una relación de subordinación de un género hacia otro. Este fenómeno no solamente se ha limitado a la concepción de la inferioridad de un género en relación al otro, sino que ha superado los límites de la racionalidad, llegando incluso a manifestarse mediante comportamientos agresivos, respaldados por el sistema patriarcal y posteriormente avalados por las sociedades subsiguientes, dando forma así a la ya arraigada y globalmente reconocida violencia de género.

La discriminación de las personas en la sociedad representa la primera forma de explotación conocida, incluso precediendo a la esclavitud. Existen numerosos y antiguos ejemplos que ilustran las desigualdades y discriminaciones hacia las personas, algunos de los cuales se remontan al año 400 a.C.

Descripción de las principales leyes y acciones de gobierno relacionadas con la violencia de género en México

A continuación, se plantearán una serie de artículos que tienen que ver con la violencia de género dentro del país. Según CEPAL (2017)

La última modificación en 2020 de la Ley General de Acceso de las Personas a una Vida libre de violencia incluye la incorporación de la violencia política en razón de género, la cual se define como cualquier acción o inacción, incluida la tolerancia, basada en aspectos de género y ejercida en el ámbito público o privado, que tenga como propósito o resultado restringir, eliminar o debilitar el pleno ejercicio de los derechos políticos y electorales de una o varias personas, la capacidad de ejercer plenamente las funciones inherentes a su cargo, trabajo o actividad, el libre desempeño de la función pública, la toma de decisiones, la libertad de asociación, así como el acceso y ejercicio de las prerrogativas, en el caso de precandidaturas, candidaturas, funciones o cargos públicos similares.

Por otro lado, dentro del mismo artículo de CEPAL (2017) el depósito de normativas sobre violencia del Observatorio de Igualdad de Género de América Latina y el Caribe en la actualidad incluye más de 380 conjuntos de regulaciones, categorizados por naciones, de 38 países en América Latina y el Caribe, así como también legislación de España y Portugal relacionada con este ámbito.

El contenido aborda desde legislaciones sobre violencia en entornos familiares o domésticos, conocidas como normativas de la primera generación, hasta las regulaciones más contemporáneas sobre protección integral contra la violencia de género hacia las mujeres (VGCM), con sus recientes adaptaciones y ajustes, presentes en 13 países latinoamericanos. También se incorporan las regulaciones que tipifican el delito de feminicidio en 17 naciones de América Latina, además de legislaciones relacionadas con delitos sexuales, acoso en el ámbito laboral, normativas específicas sobre el acoso callejero y la difusión de contenido íntimo por medios electrónicos. Asimismo, se encuentran las leyes que abordan el acoso y la violencia política hacia las mujeres en el Estado Plurinacional de Bolivia y Perú, que son únicas en su género en la región.

El repertorio también comprende regulaciones que definen y penalizan el tráfico y la trata de personas, regulaciones complementarias a leyes sobre violencia contra las mujeres, normas que establecen la creación de organismos especializados en diversas áreas del Estado.

Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia

De acuerdo con el sitio web Secretaría de las Mujeres (2021):

La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia tiene por objeto establecer la coordinación entre la Federación, las Entidades Federativas, el Distrito Federal y los municipios para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, así como los principios y modalidades para garantizar su acceso a una vida libre de violencia que favorezca su desarrollo y bienestar conforme a los principios de igualdad y de no discriminación, así como para garantizar la democracia, el desarrollo integral y sustentable que fortalezca la soberanía y el régimen democrático establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Dicha ley, menciona los principios rectores para el acceso de todas las mujeres a una vida libre de violencia, que deberán ser observados en la elaboración y ejecución de las políticas públicas federales y locales los cuales son:

I. La igualdad jurídica entre la mujer y el hombre.

II. El respeto a la dignidad humana de las mujeres.

III. La no discriminación.

IV. La libertad de las mujeres.

Dentro del sitio web se explican los diferentes tipos de violencia, dicha información se muestra a continuación:

  1. Violencia Emocional - Engloba comportamientos que perturban el equilibrio psicológico, incluyendo descuidos, conducta posesiva, comentarios hirientes, menosprecio, desapego, infidelidad, críticas destructivas, exclusión, apatía, comparaciones perjudiciales, negación de autonomía y amenazas, con resultados que pueden llevar a estados depresivos, aislamiento social, erosión de la autoestima e incluso situaciones extremas.
  2. Violencia Física - Comprende acciones intencionadas que causan daño corporal mediante el uso de fuerza física u objetos, resultando en lesiones visibles o invisibles.
  3. Violencia Patrimonial - Implica actos u omisiones que afectan la supervivencia de la víctima, abarcando la manipulación, sustracción, destrucción, retención o desvío de pertenencias, documentos personales, activos y recursos económicos destinados a sus necesidades, incluyendo daños a bienes comunes o propios.
  4. Violencia Económica - Se refiere a cualquier conducta del agresor que menoscaba la estabilidad financiera de la víctima, incluyendo restricciones destinadas a controlar sus ingresos y discriminación salarial en el ámbito laboral.
  5. Violencia Sexual - Envolviendo actos que degradan o dañan la integridad física y sexual de la víctima, violando su libertad y dignidad, esta forma de abuso de poder refleja la supremacía de género al objetivar y denigrar a la persona agredida.
  6. Otras formas similares que atenten contra la dignidad, integridad o libertad de las personas, sin importar su género.

De acuerdo con un Párrafo reformado del DOF 20-01-2009, 11-01-2021, 29-04-2022, publicado en un artículo de la Cámara de Diputados (2023):

ARTÍCULO 1.- La presente ley tiene por objeto establecer la coordinación entre la Federación, las entidades federativas, las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y los municipios para prevenir, sancionar y erradicar las violencias contra las mujeres, adolescentes y niñas, así como los principios y mecanismos para el pleno acceso a una vida libre de violencias, así como para garantizar el goce y ejercicio de sus derechos humanos y fortalecer el régimen democrático establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres

El Instituto Nacional De Las Mujeres (2019) dice en su artículo que la Alerta de Violencia de Género Contra las Mujeres (AVGM) es un mecanismo que protege los derechos humanos de las mujeres, único en su enfoque a nivel global. Se encuentra establecido en una legislación específica, la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, y su proceso de activación y aplicación está descrito en el reglamento relacionado con esta ley.

Se trata de un conjunto de medidas gubernamentales de urgencia destinadas a abordar y erradicar la violencia de género, especialmente el feminicidio, así como cualquier situación que resulte en una comparación agravada que obstaculice el pleno ejercicio de los derechos humanos de las mujeres en una región determinada, ya sea un municipio o una entidad federativa. Esta violencia puede ser perpetrada tanto por individuos como por la comunidad en sí.

El propósito central de la alerta de violencia de género contra las mujeres es asegurar la protección de las mujeres y las niñas, poner fin a la violencia dirigida hacia ellas, y eliminar las desigualdades que puedan ser causadas por leyes o políticas públicas que vulneren sus derechos humanos.

Por otro lado, la Comisión Nacional Para Prevenir Y Erradicar La Violencia Contra Las Mujeres (2020) dice que La Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (AVGM) representa un enfoque excepcional en la lucha contra la violencia de género, especialmente el feminicidio, que es la manifestación más grave de esta violencia dirigida hacia mujeres, adolescentes y niñas. Este fenómeno surge a partir de la violación de sus derechos fundamentales y el abuso desmedido del poder, tanto en ámbitos públicos como privados, a menudo resultando en impunidad social y estatal. Se caracteriza por actos de odio y discriminación que ponen en peligro sus vidas, desembocando en muertes violentas como el feminicidio, suicidio, homicidio u otras formas de fallecimientos prevenibles, así como comportamientos que afectan seriamente la integridad, seguridad, libertad personal y el pleno desarrollo de mujeres, adolescentes y niñas.

En casos de feminicidio, se aplican las sanciones estipuladas en las leyes penales vigentes.

Este mecanismo refleja el compromiso del gobierno federal hacia los derechos humanos en general y, en particular, los derechos de las mujeres. Consiste en una serie de acciones gubernamentales coordinadas, integrales, temporales y de urgencia, realizadas en colaboración entre autoridades de todos los niveles gubernamentales para abordar y eliminar la violencia feminicida en un área geográfica determinada. Además, se busca eliminar la injusticia comparativa que resulta de las desigualdades creadas por leyes y políticas públicas que impiden el reconocimiento o ejercicio de los derechos humanos de mujeres, adolescentes y niñas, con el fin de garantizar su acceso pleno al derecho a una vida sin violencia.

Dentro del artículo se menciona que se da inicio al proceso de Activación de Conciencia de Género cuando:

I. A requerimiento de instancias gubernamentales autónomas encargadas de derechos humanos o entidades internacionales especializadas en la salvaguardia de derechos humanos.

II. A través de la petición de colectivos legalmente constituidos en la sociedad civil o agrupaciones de personas allegadas a las víctimas, representadas por un delegado autorizado.

III. A partir de la detección por parte de la Entidad para la Prevención de la Violencia de Género del incremento constante de incidentes o crímenes que involucren transgresiones a los derechos fundamentales a la vida, libertad, integridad y bienestar de mujeres, adolescentes y niñas en una ubicación específica o la presencia de una injusticia comparativa.

También se especifica la información que debe incluir la solicitud de Activación de Conciencia de Género, es la siguiente:

I. Relato detallado de los actos de violencia cometidos contra mujeres, adolescentes y niñas, respaldados con documentación verificable, estadísticas oficiales, testimonios u otros datos que respalden las alegaciones presentadas en la solicitud.

II. Área geográfica precisa donde se señalan los actos de violencia.

III. Mención de las autoridades encargadas de abordar la violencia mencionada.

IV. Las demás condiciones de presentación establecidas en el Reglamento.

Para complementar, el contenido y emisor de la Declaración de AVGM debe tener lo siguiente:

I. Los elementos motivadores.

II. Evidencia respaldatoria.

IV. Propuestas de acciones diversas abordando la prevención, corrección, seguridad, justicia, atención y reparación, además de ajustes normativos sugeridos por el Grupo Interinstitucional de Monitoreo (GIM).

V. Una solicitud a las autoridades pertinentes para asignar o reorganizar recursos de presupuesto, personal y materiales necesarios para afrontar la situación.

Área geográfica afectada por las medidas y, si corresponde, las entidades encargadas de su implementación.

La Declaración se origina desde la esfera del gobierno central, bajo el paraguas de la Secretaría de Gobernación. El titular de dicha Secretaría comunicará oficialmente a los responsables de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, así como a la entidad de procuración de justicia de las zonas metropolitanas de la Ciudad de México o los municipios del estado donde se promulgue la AVGM.

Una vez notificada la Alerta, las autoridades federales, estatales, municipales o locales deberán de inmediato y en colaboración con el GIM, llevar a cabo el Programa de Acciones Estratégicas para cumplir con las directrices (Instituto Nacional De Las Mujeres, 2022).

Ley General de Igualdad entre Mujeres y Hombres

Dentro de un artículo del Instituto Nacional De Las Mujeres la normativa en cuestión busca establecer y salvaguardar la paridad de condiciones y el trato equitativo entre individuos de género diverso, proponiendo directrices y estructuras institucionales destinadas a orientar a la comunidad hacia la realización de la igualdad efectiva en los entornos tanto públicos como privados. Se fomenta la potenciación de personas del género femenino y la resistencia a toda forma de desigualdad basada en las diferencias de género. Sus normas ostentan un carácter de relevancia para la sociedad y son de acatamiento general en todas las zonas geográficas del país.

A esta ley la conforman una serie de artículos los cuales según Justia México (2023) son:

  1. Acciones afirmativas.- Es el conjunto de medidas de carácter temporal encaminadas a acelerar la igualdad de hecho entre mujeres y hombres.
  2. Transversalidad.- Es el proceso que permite garantizar la incorporación de la perspectiva de género con el objetivo de valorar las implicaciones que tiene para las mujeres y los hombres cualquier acción que se programe, tratándose de legislación, políticas públicas, actividades administrativas, económicas y culturales en las instituciones públicas y privadas.
  3. Sistema Nacional.- Sistema Nacional para la Igualdad entre Mujeres y Hombres.
  4. Programa Nacional.- Programa Nacional para la Igualdad entre Mujeres y Hombres.

El Instituto Nacional de las Mujeres INMUJERES (2007) marca dentro de su artículo informativo la legislación general referente a la igualdad de género, en múltiples aspectos, la formalización de los avances obtenidos en la lucha contra la discriminación y en pos de la paridad entre hombres y mujeres en México. Su relevancia no solo radica en su concordancia con el artículo cuarto de la Constitución Mexicana y la adhesión a los acuerdos internacionales acordados por México, sino, de manera principal, en la creación de un marco legal para la colaboración y coordinación entre los tres niveles de gobierno con el fin de garantizar la igualdad real, erradicando toda forma de discriminación basada en diferencias de género, tal como lo indica el primer artículo de esta ley.

Para lograr este objetivo, la ley establece de manera específica tres elementos fundamentales: el Sistema Nacional para la Igualdad, el Programa Nacional para la Igualdad y la supervisión del cumplimiento de estos. En este sistema, el Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres) lidera las acciones de los tres niveles gubernamentales, mientras que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos se encarga de monitorear y evaluar las acciones realizadas por otras entidades de la administración pública.

En conformidad con el derecho a la información, que es uno de los seis pilares que guían las políticas de igualdad de género, Inmujeres presenta la edición actual de este documento, con el objetivo de abordar las inquietudes generadas por esta ley desde su entrada en vigor. Para Inmujeres, difundir un documento de esta naturaleza entre los funcionarios de los niveles federal, estatal y local es un paso esencial para alcanzar las metas establecidas por esta legislación. Conocer y reflexionar sobre su contenido nos permite abordar los desafíos planteados por esta ley, cuya importancia trasciende los límites de la propia regulación.

Programa Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres 2014-2018

De acuerdo con la Comisión Nacional Para Prevenir Y Erradicar La Violencia Contra Las Mujeres (2014) el Programa Integral, difundido el 30 de abril de 2014, como parte de las políticas nacionales relacionadas con la promoción de derechos, equidad de género y violencia contra mujeres, tiene como propósito asegurar la prevención, atención y castigo para disminuir riesgos vinculados a la violencia de género, mediante la colaboración institucional para robustecer la política nacional con un enfoque global.

Este programa aporta al logro de cuatro metas nacionales: "México en Paz," "México Próspero," "México Incluyente," y "México con Educación de Calidad," y a la estrategia horizontal denominada "Perspectiva de Género," tal como se establece en el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018. También, se vincula con diversos objetivos sectoriales presentes en los programas correspondientes a los sectores de Gobernación; Trabajo y Previsión Social; Salud; Educación; Desarrollo Social; Desarrollo Agrario; Territorial y Urbano; Hacienda y Crédito Público; y Comunicaciones y Transportes, además del relacionado con la Procuraduría General de la República.

Dentro del artículo se menciona que, además, incorpora cinco metas, cuyos propósitos son:

  1. Impulsar la convergencia de normas legislativas y fomentar cambios culturales para contribuir a la ausencia de violencia hacia mujeres.
  2. Asegurar una prevención global para reducir los riesgos asociados con la violencia contra mujeres y niñas.
  3. Garantizar la disponibilidad de servicios integrales para mujeres y niñas afectadas por la violencia.
  4. Asegurar el acceso de mujeres a la justicia a través de una investigación efectiva, reparación del daño y sanción.
  5. Consolidar la colaboración institucional en aspectos relativos a la prevención, atención, castigo y eliminación de la violencia hacia mujeres.

Estas metas se despliegan en 16 tácticas y 118 acciones específicas que contribuyen al aseguramiento de los derechos humanos y la eliminación de la violencia contra mujeres en nuestra nación.

Este programa global involucra a los tres niveles de gobierno, órganos autónomos y sociedad civil, incluyendo iniciativas para proteger los derechos de niñas, mujeres indígenas, mujeres con discapacidad, migrantes, adolescentes, adultos mayores y mujeres privadas de su libertad.


Discusión

Gracias a la información recuperada, se pudo definir que, en México, la violencia de género se encarga de representar un desafío complejo y desafortunado el cual arriesga en gran escala las raíces culturales y sociales, pues trae consigo consecuencias negativas y preocupantes para las mujeres y niñas del país. La legislación y acciones de gobierno no son suficientes, pues los casos persisten y se muestran de diversas formas. Las estadísticas revelan una alarmante prevalencia de violencia de género en el país, sin duda existe un aumento en la conciencia y la demanda de un cambio. Sin embargo, la lucha contra la violencia de género no se limita a las políticas gubernamentales; implica un cambio cultural profundo que desafíe las normas de género arraigadas en la sociedad mexicana. Para abordar efectivamente la violencia de género en México, es necesario un enfoque que combine políticas públicas sólidas, la participación de la sociedad civil y un esfuerzo concertado de todos los actores para cambiar las actitudes y creencias arraigadas que perpetúan esta problemática. Todo lo anterior para beneficio de la sociedad misma.

Desafíos y obstáculos que generan un conflicto de interés

El principal conflicto de interés que se tiene el cual tiene que ver todo con el artículo en cuestión, se enfoca en aquel maltrato y discriminación que se sigue viviendo en los hogares, pues, aunque ya existan leyes y demasiada información, es difícil para las personas acudir por un auxilio, por temor a que sea contraproducente por expresar lo que su agresor está cometiendo. Por tanto, se considera necesario que se lleve a cabo todo tipo de investigación la cual sea de ayuda para identificar a todas aquellas personas que guardan silencio dentro del hogar y siguen sufriendo ese tipo de maltratos.

A continuación, se propone una serie de estadísticas que tienen que ver con el conflicto de interés, de acuerdo con la Comisión Nacional Para Prevenir Y Erradicar La Violencia Contra Las Mujeres tanto en México como en todo el planeta, existen numerosos desafíos en el camino hacia la consecución de la igualdad genuina entre las personas de diferentes géneros, lo que conlleva la eliminación de la violencia dirigida hacia ellas.

La disparidad salarial, la distribución desigual de las responsabilidades relacionadas con el trabajo no remunerado en los hogares, que recae predominantemente en mujeres y menores de edad, la violencia en el ámbito laboral, los matrimonios tempranos, el acoso y hostigamiento sexual, los estereotipos de género arraigados, prácticas, costumbres y tradiciones que perpetúan la discriminación contra estas personas, son solo algunos ejemplos de los desafíos que obstaculizan el acceso de mujeres, niñas y adolescentes a una vida exenta de violencia y a la plena realización de sus derechos en condiciones de igualdad.

De acuerdo con la Comisión Nacional Para Prevenir Y Erradicar La Violencia Contra Las Mujeres (2019) las disparidades y desigualdades que experimentan personas de género femenino en México se reflejan en diversas esferas, como la educación, el empleo, la salud y la violencia hacia ellas. Aquí se presentan algunas cifras ilustrativas:

  1. Las mujeres conforman un poco más del 50% de la matrícula en programas de licenciatura universitaria y tecnológica, pero su presencia predomina en campos sociales, como la educación (74.4%) y la salud (67.0%). En áreas técnicas, no alcanzan ni un tercio de la matrícula, con un 28.7% en Ingeniería, Manufactura y Construcción y un 32.2% en Ciencias Naturales, Exactas y de la Computación.
  2. Anualmente, se registran alrededor de 10 mil nacimientos de madres menores de edad.
  3. La tasa de participación económica de las mujeres es del 43.8%, mientras que para los hombres es del 77.5%. En el caso de las mujeres indígenas, esta tasa es ligeramente superior al 21%.
  4. Más del 53.2% de las mujeres empleadas no tienen acceso a prestaciones sociales.
  5. El 25.3% de las mujeres de 15 años o más que no asisten a la escuela no tienen ingresos propios, en contraste con un 5.9% en el caso de los hombres.
  6. Las mujeres dedican un promedio de 43.2 horas semanales al trabajo doméstico y al cuidado de su familia, mientras que los hombres destinan solo 15.8 horas, lo que equivale a una tercera parte del tiempo invertido por las mujeres en estas tareas.
  7. El trabajo no remunerado realizado por mujeres en sus hogares representa el 17.5% del Producto Interno Bruto (PIB), mientras que el de los hombres equivale al 5.8%.
  8. Un total de 8.1 millones de mujeres casadas o en unión libre (30.5%) experimentaron algún incidente de violencia de pareja en los últimos 12 meses.

De acuerdo con el sitio web de México Social (2018) la transformación de la violencia contra individuos hacia una esfera pública y en el ámbito de responsabilidad de los Estados se debe en gran parte a las acciones emprendidas por organizaciones y movimientos a nivel global. A través de sus esfuerzos, se reveló que la violencia dirigida hacia individuos no es simplemente un resultado de la falta de ética personal ocasional, sino que está arraigada profundamente en las estructuras de desigualdad entre diferentes géneros. Desde el inicio de este siglo, la interacción entre la promoción de los derechos de los individuos y las iniciativas de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) ha sido fundamental en la promoción de la consideración de la violencia contra las personas como una cuestión de derechos humanos a nivel internacional.

Las bases de la violencia dirigida hacia los individuos se encuentran en la histórica desigualdad de las relaciones de poder entre diferentes géneros y en la amplia discriminación que enfrentan las personas en los ámbitos público y privado.

La violencia contra los individuos se manifiesta como un medio para que ciertos grupos mantengan el control sobre la autonomía y la sexualidad de otros.

No obstante, las diversas manifestaciones de esta violencia dependen de factores como la ascendencia étnica, posición socioeconómica, edad, orientación sexual, discapacidad, nacionalidad y creencias religiosas.

El acoso sexual es una forma de violencia en la que, aunque no necesariamente existe una relación de subordinación frente al agresor, como puede suceder en entornos laborales o educativos, se caracteriza por un abuso de poder que genera vulnerabilidad y riesgo para la víctima.

Estadísticas sobre violencia de género

Para complementar, se propone la tabla de a continuación la cual expresa las carpetas de investigación que se han abierto en el país por presunto delito de feminicidio, el cual como bien se conoce, se trata de uno de los casos de violencia de género más frecuentes en el país y en el mundo.

Tabla 1

Carpetas de investigación de feminicidios

Municipio/Alcaldía

Entidad

Carpetas

Guadalupe

Nuevo León

9

Juárez

Chihuahua

7

Ecatepec de Morelos

México

6

General Escobedo

Nuevo León

6

Juárez

Nuevo León

6

Ensenada

Baja California

5

Monterrey

Nuevo León

5

Morelia

Michoacán

5

Tlalpan

CDMX

5

Benito Juárez

Quintana Roo

4

Cadereyta Jiménez

Nuevo León

4

Ciénega de Flores

Nuevo León

4

Cuauhtémoc

CDMX

4

Salinas Victoria

Nuevo León

4

Tlalnepantla de Baz

México

4

Valle de Chalco Solidaridad

México

4

Aguascalientes

Aguascalientes

3

Atizapán de Zaragoza

México

3

Centro

Tabasco

3

Chihuahua

Chihuahua

3

Comitán de Domínguez

Chiapas

3

Cuernavaca

Morelos

3

Culiacán

Sinaloa

3

Gómez Palacio

Durango

3

Iztapalapa

CDMX

3

León

Guanajuato

3

Naucalpan de Juárez

México

3

Saltillo

Coahuila

3

Tijuana

Baja California

3

Zapopan

Jalisco

3

Nota. Recuperado del Instituto Nacional De Las Mujeres (2022).

Figura 1

Registro de presuntas muertes violentas de mujeres según grupo de edad.

Nota. Recuperado del Instituto Nacional De Las Mujeres (2022).


Conclusión

La violencia es uno de los problemas mas graves a los que se enfrenta la sociedad actual, pues se encuentra presente en la vida de muchos y muchas mexicanas, combatirla es una labor ardua y dura para las personas, sin embargo, imaginar un país sin violencia en general es demasiado reconfortante. Con este artículo de investigación se descubrió que la violencia de género se trata de un tipo de violencia tanto física como psicológica ejercida hacia alguna persona, comúnmente del género femenino. Dicha violencia de género es altamente preocupante porque trae consigo daños a la salud de la víctima tanto física, como emocional o sexual, o hasta la muerte. La problemática de la violencia en el ámbito doméstico representa un desafío generalizado, dado que las personas podrían encontrarse en situaciones de desconcierto si llegan a sospechar que alguien está padeciendo abuso. Asimismo, algunas víctimas optan por no buscar atención médica para atender su daño debido al temor de abandonar la relación con su agresor. En este sentido, crear conciencia se convierte en una necesidad imperante.

A pesar de los avances, tanto de trasformación social como la creación de leyes que respalden y sean de ayuda para que las mujeres y niñas se sientan más seguras dentro del país, no es suficiente, pues aún los casos de maltrato y asesinatos han incrementado a través de los años, el problema persiste y se manifiesta de diversas formas, desde la violencia doméstica y el acoso callejero hasta la discriminación sistemática en el ámbito laboral y político. Evidentemente el papel del Estado es crucial en la promoción de la igualdad de género y la conciencia pública sobre esta cuestión.


Referencias

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